Por tal motivo, la Agencia Tributaria le ha reclamado al intérprete de ‘Amante Bandido’ la cantidad de 55 mil 350 euros más otros 23 mil 536 euros de sanción al entenderse que esos gastos son de “índole personal”, según la sentencia dictada el pasado 3 de marzo.

“Esos gastos no corresponden a la actividad desarrollada por Costaguana, sino que son gastos de índole personal o particular de Miguel Bosé y/o liberalidades y en ningún momento pueden considerarse deducibles en el IVA por no estar directamente afectadas a la realización de una actividad empresarial o profesional”, refirió la Agencia Tributaria, cuyo criterio es avalado por los jueces en la sentencia.